Nueva tasa de recogida de residuos en Fuerteventura: información para propietarios y negocios.

5 Mar, 2026

Las autoridades municipales de las Islas Canarias han aprobado una modificación de la Ordenanza Fiscal nº 11, que regula la tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos en el municipio.

La modificación fue aprobada en sesión plenaria el 11 de noviembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas (BOP nº 158) el 31 de diciembre de 2025, entrando en vigor tras la publicación de su texto definitivo.

Este cambio responde a la necesidad de adaptar la normativa municipal a la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que obliga a las entidades locales a establecer sistemas de financiación del servicio de residuos basados en el principio de “quien contamina paga”.

Un sistema basado en el coste real del servicio.

La normativa estatal exige que las tasas municipales reflejen el coste real del servicio de gestión de residuos, incluyendo:

  • recogida y transporte
  • tratamiento de residuos
  • vigilancia y control de las operaciones
  • mantenimiento de vertederos
  • campañas de concienciación
  • gestión de materiales reciclables y energía recuperada

El objetivo es que el coste del servicio esté vinculado, en la medida de lo posible, a la generación de residuos por parte de cada usuario.

Cómo se calculará la tasa.

La tasa municipal se compondrá de dos elementos:

  • Cuota fija: por la disponibilidad del servicio municipal de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
  • Cuota variable: determinada según la capacidad de generar residuos del inmueble o actividad.

Dado que actualmente no es posible medir con precisión los residuos generados por cada usuario, el Ayuntamiento ha optado por criterios objetivos para calcular esta cuota.

Viviendas.

En el caso de las viviendas, la cuota variable se determinará principalmente en función de la superficie catastral del inmueble.

Cada vivienda se considera una unidad tributaria independiente, incluso si varias viviendas se encuentran dentro de una misma referencia catastral.

Alojamientos turísticos.

La ordenanza establece un tratamiento específico para alojamientos turísticos, incluyendo:

  • Hoteles
  • hostales y pensiones
  • Apartahoteles
  • viviendas vacacionales
  • casas rurales
  • apartamentos turísticos

La cuota variable se calculará en función de:

  • número de habitaciones, en hoteles y complejos turísticos
  • número de plazas o camas, en viviendas vacacionales y alojamientos similares

Este punto resulta especialmente relevante en zonas con una fuerte actividad turística.

Actividades económicas.

Para los locales y negocios, la cuota dependerá del tipo de actividad económica y de la superficie del establecimiento.

La ordenanza distingue entre distintas categorías, como:

  • comercios de alimentación y supermercados
  • restaurantes y establecimientos con cocina
  • bares, cafeterías y locales de ocio
  • oficinas y despachos profesionales
  • centros sanitarios, gimnasios o consultas
  • actividades vinculadas al sector portuario o turístico
  • locales o almacenes sin actividad económica declarada

En algunos casos, si un establecimiento desarrolla varias actividades, se aplicarán las tarifas correspondientes a cada una de ellas.

Bonificación para unidades familiares con ingresos limitados.

La ordenanza prevé una bonificación del 50% de la tasa para contribuyentes cuyos ingresos familiares se encuentren dentro de determinados límites vinculados al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Para acceder a esta bonificación será necesario:

  • estar empadronado en la vivienda
  • no ser titular de otros inmuebles urbanos destinados a vivienda
  • presentar la documentación acreditativa de ingresos

La solicitud debe presentarse antes del 31 de diciembre del año anterior al que se pretende aplicar la bonificación.

Información relevante para propietarios e inversores.

Este cambio normativo puede tener impacto en propietarios de viviendas, alojamientos turísticos y negocios situados en el municipio, ya que introduce un sistema de cálculo más vinculado al uso del inmueble y a la actividad desarrollada.

En Lajares Law Offices, despacho especializado en Property Law y derecho inmobiliario, compartimos este tipo de información con carácter puramente informativo para ayudar a propietarios, compradores e inversores a mantenerse al día sobre la normativa local que puede afectar a sus propiedades.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 158, publicado el 31 de diciembre de 2025.

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